Plan de igualdad

Plan de igualdad

La Ley Orgánica 3/2007 en su artículo 46 establece que un plan de igualdad es un conjunto ordenado de medidas para la igualdad efectiva de hombres y mujeres en todo tipo de organizaciones.

Los Planes de Igualdad de empresas deberán ser el resultado de un diagnóstico de la situación de igualdad en la empresa. Cualquier empresa pública o privada, con independencia del número de personas en plantilla, puede elaborar su propio Plan de Igualdad, no obstante existe obligatoriedad de elaborar un Plan de Igualdad para empresas de más de 50 empleados/as a partir de 07.03.2022.

PROTOCOLO DE ACOSO

Están obligadas TODAS LAS EMPRESAS con independencia del número de personas trabajadoras que tengan.

Las empresas deberán promover condiciones de trabajo que eviten el acoso sexual y el acoso laboral y arbitrar procedimientos específicos para su prevención y para dar cauce a las denuncias o reclamaciones que puedan formular quienes hayan sido objeto del mismo.

Inspección de Trabajo vigilará el cumplimiento de esta obligación, sancionable en caso de no evidenciar dicho cumplimiento.

Quedamos a su disposición para cuantas aclaraciones y ampliación.

2022-01-21T09:23:08+00:00

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